Legalizaciones Internacionales

Todo documento público firmado por una autoridad provincial para que pueda valer en otro país debe estar legalizado. Es decir, que mediante un acto administrativo se certifica la autenticidad de la firma y el carácter del firmante, sin juzgar el contenido del documento.

Lugar: Sede del Colegio sita en calle San Martín Nº 1.748 de la ciudad de Posadas

Horario: de 7:00 a 14:00 hs.

El trámite no es personal

A los efectos de verificar las legalizaciones efectuadas digitalmente ingresar a https://www.argentina.gob.ar/legalizacion-internacional

CLASES DE LEGALIZACIONES:

APOSTILLE: Esta trámite se aplica cuando el país en donde se presentara el documento es parte de la Convención del Haya.

Países Miembros: https://www.hcch.net/es/states/hcch-members

Tener en cuenta que la REPÚBLICA POPULAR DE CHINA, EGIPTO y CANADÁ no aceptan las apostillas efectuadas por los Colegios Notariales del país, por lo que dicho trámite deberá efectuarse en el Ministerio de Relaciones Exteriores.

LEGALIZACION: Este trámite se aplica cuando el país en donde se presentara el documento no es parte de la Convención del Haya.

HABILITACION CONSULAR: Cuando un documento fue otorgado en el extranjero por un Embajador/Cónsul Argentino para ser usado en el país, ese documento también debe pasar por un trámite de legalización.

Para más información: Manual Orientativo