Procedimiento para salir del país con menores de 18 años
-Si el menor viaja con ambos padres bastará con que acrediten el vínculo mediante Libreta Civil de Familia o Partida de Nacimiento o Certificado de Nacimiento (sin importar la fecha de su emisión) o DNI del menor, en donde consten los datos filiatorios de los padres.
-Si el menor viaja sólo con uno de sus padres, además de demostrar la relación parental con alguno de los documentos citados, deberá acompañar la autorización del padre/madre ausente.
-Si el menor viaja solo, deberá presentar una autorización firmada por ambos padres acompañada de algún documento que acredite el vínculo (Libreta Civil de Familia o Partida de Nacimiento o Certificado de nacimiento o DNI en donde consten los datos filiatorios de los padres).
-Si es hijo de menores, necesitará la autorización de los padres y el permiso de uno de sus abuelos.
Observaciones: toda esta documentación deberá ser presentada en original o copias debidamente legalizadas o certificadas.
Autorización de menores:
Las autorizaciones pueden ser otorgadas por: Las autorizaciones pueden ser otorgadas por: escribanos, cónsules argentinos en el exterior, jueces competentes, autoridades del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas, cónsules extranjeros en la Argentina y jueces de paz.
Autorización de validez única: Migraciones cuenta con un servicio de urgencia para el otorgamiento de la autorización que tiene validez por un sólo viaje y debe ser utilizada dentro de los 30 días de su emisión. Puede tramitarse en todas las delegaciones, oficinas migratorias, en el paso fronterizo donde se pretenda egresar, en el Aeropuerto de Ezeiza, Aeroparque y Puerto de Buenos Aires.
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