DGR DEROGA RESOLUCION 108/90 DE INGRESOS BRUTOS Y ESTABLECE UN REGIMEN GENERAL

En el Boletín Oficial del día 20 de noviembre de 2.018 se publico la Resolución General  N°  44/2.018 de la Dirección General de Rentas que unifica todos los sistemas existentes para los agentes de percepción y retención del Impuesto a los Ingresos Brutos, con vigencia a partir del día 1 de febrero de 2.019.

La norma en cuestión en su artículo 129 deroga la Resolución General N° 108/90 que rige para los notarios como agentes de retención hasta el 31 de enero de 2019, inclusive. A partir del artículo 88 se regula el nuevo régimen al que estarán sometidos estos profesionales (Régimen 207), cuyas principales características son:

1)      Deben actuar como agentes de retención titulares y adscriptos.

2)      Hecho imponible:  ventas de inmuebles alcanzadas con ingresos brutos.

3)      Alícuota: 4,29% sobre total de operación.

Asimismo, en el artículo 127 enuncia que quienes se encuentren inscriptos como agentes en los regímenes
derogados, quedarán automáticamente inscriptos para los nuevos regímenes.

Clik aquí para consultar la Resolución General 44/2018

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